Con fecha 27 de octubre de 2021 la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por conducto de la Ministra Yasmín Esquivel, determinó que es inconstitucional la fracción II del artículo 132 Ley del Seguro Social, que condiciona el otorgamiento de una pensión de viudez, a que haya transcurrido un año entre la fecha del matrimonio y el fallecimiento del esposo, después de que se cumplen los 55 años.

CIRCULAR CASS 04/2025: «COSTOS Y FACTORES DE MANO DE OBRA EN CONSTRUCCIÓN, APLICABLES A PARTIR DE FEBRERO DE 2025».
En su edición del día de hoy, el Diario Oficial de la Federación publica el Acuerdo del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social