Con fecha 27 de octubre de 2021 la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por conducto de la Ministra Yasmín Esquivel, determinó que es inconstitucional la fracción II del artículo 132 Ley del Seguro Social, que condiciona el otorgamiento de una pensión de viudez, a que haya transcurrido un año entre la fecha del matrimonio y el fallecimiento del esposo, después de que se cumplen los 55 años.
CIRCULAR CASS 28/2024: «CRITERIO DEL IMSS SOBRE LA INTEGRACIÓN DEL SALARIO BASE DE COTIZACIÓN DE LOS PREMIOS POR ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD».
En su edición del día de hoy, el Diario Oficial de la Federación publicó el Acuerdo del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social