En sesión de fines de mayo pasado, la Suprema Corte de Justicia de la
Nación concedió amparo a un asegurado del IMSS ubicado en el Estado
de México, promovido en contra de los artículo 201 y 205 de la Ley del
Seguro Social – además de los numerales 2 y 3 del Reglamento para la
Prestación de los Servicios de Guardería del Instituto Mexicano del Seguro
Social y otras normas de operación de tales servicios – al considerar que
tales artículos violan los derechos a la seguridad social establecidos en el
artículo 123, fracción XXIX; así como los derechos del niño e interés
superior de éste contenidos en el artículo 4º, constitucional.

CIRCULAR CASS 03/2023: «DETERMINACIÓN ANUAL DE LA PRIMA DEL SEGURO DE RIEGOS DE TRABAJO».
Durante el próximo mes de febrero, las empresas deberán llevar a cabo la revisión de su siniestralidad ocurrida en el ejercicio 2022, a fin de