En sesión de fines de mayo pasado, la Suprema Corte de Justicia de la
Nación concedió amparo a un asegurado del IMSS ubicado en el Estado
de México, promovido en contra de los artículo 201 y 205 de la Ley del
Seguro Social – además de los numerales 2 y 3 del Reglamento para la
Prestación de los Servicios de Guardería del Instituto Mexicano del Seguro
Social y otras normas de operación de tales servicios – al considerar que
tales artículos violan los derechos a la seguridad social establecidos en el
artículo 123, fracción XXIX; así como los derechos del niño e interés
superior de éste contenidos en el artículo 4º, constitucional.
CIRCULAR CASS 28/2024: «CRITERIO DEL IMSS SOBRE LA INTEGRACIÓN DEL SALARIO BASE DE COTIZACIÓN DE LOS PREMIOS POR ASISTENCIA Y PUNTUALIDAD».
En su edición del día de hoy, el Diario Oficial de la Federación publicó el Acuerdo del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social